17 July 2019

Artículo 173

Pionera en el desarrollo de las finanzas sostenibles, con la COP21 y la adopción del Acuerdo de París en 2015, Francia adoptó en agosto del mismo año una ley de transición ecológica y energética (TEE) que introdujo un marco de transparencia para tener en cuenta las cuestiones climáticas en las estrategias de inversión.

Pionera en el desarrollo de las finanzas sostenibles, con la COP21 y la adopción del Acuerdo de París en 2015, Francia adoptó en agosto del mismo año una ley de transición ecológica y energética (TEE) que introdujo un marco de transparencia para tener en cuenta las cuestiones climáticas en las estrategias de inversión.

El artículo 173 de la Ley de Transición Energética del 17 de agosto de 2015 (publicado el 31 de diciembre de 2015) define las obligaciones de información de los inversores institucionales con respecto a la consideración de los parámetros ambientales y sociales.

Como objetivo, es responsabilidad de cada gestora publicar un informe anual “Artículo 173“.

En este informe se debe explicar la información y metodología utilizada para el análisis de los emisores, basadas en criterios ASG, así como la forma en que se integran los resultados del análisis.

Hoy, publicamos el “Artículo 173” de 2019.

Como pioneros en las finanzas sostenibles, estamos inmersos, desde principios de los años 2000, en un proceso de reflexión estratégica a largo plazo en nuestras decisiones de inversión.

Proponemos una integración gradual y pragmática de los criterios ASG.

Hoy, este último se está generalizando, con un tercio de los activos bajo gestión (31.800 millones de euros) que tienen en cuenta los criterios ASG en 2019, frente a un cuarto en 2018. En 2018, cada gestor ha seguido un curso de formación de 10 horas de media sobre la integración de los criterios ASG en las decisiones de inversión.

Al confiar en una batería de indicadores ambientales, podemos identificar de manera efectiva los riesgos y detectar nuevas oportunidades de valor añadido ligadas a cuestiones climáticas.